Formación para la actualización de los conocimientos adquiridos tras la realización del curso “Nivel especial para tratamiento con productos que sean o generen gases” recogido en el anexo II, parte b), del Real Decreto 830/2010 de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas (Niveles Especiales).
En el artículo 6 de dicho Real Decreto se incluye la obligación de mantener programas formativos con periodicidad quinquenal, cuyo contenido debe incluir aspectos innovadores que puedan influir directa o indirectamente en el desarrollo de la actividad con estos productos.