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TARIFA JOVEN

Según la última Encuesta de Población Activa relativa al desempleo, aproximadamente el 52% del mismo engloba a menores de 30 años; por ello, el Gobierno introduce entre las medidas urgentes para la activación del empleo e incentivar dichas contrataciones mediante el establecimiento de bonificaciones como la Tarifa Joven.

A continuación pasamos a detallar una de las bonificaciones más interesantes tanto para empresarios/as como para trabajadores/as

Destinatarios de la tarifa joven

Las empresas y los/as autónomos/as pueden acogerse a estas bonificaciones si realizan contratos a desempleados/as beneficiarios/as del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, debiendo ser dicha contratación indefinida para jóvenes menores de 25 años (menores de 30 años en caso de discapacidad reconocida). La bonificación consiste en la reducción mensual de 300,00€ en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por un periodo de seis meses.

Obligaciones de la empresa:

  • Contratación indefinida
  • Compromiso de mantener a el/la empleado/a contratado/a por un periodo mínimo de seis meses
  • Obligación de incrementar el nivel de empleo definido y total, manteniendo así el nivel de empleo alcanzado durante todo el periodo de la bonificación
  • La bonificación sólo podrá ser disfrutada una sola vez por cada persona inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias
  • Para poder beneficiarse de los 300,00€ de bonificación, el/la empleado/a deberá estar contratado/a a jornada completa. En el caso de que la jornada sea reducida, el importe de la bonificación será proporcional a la jornada, es decir, si el/la trabajador/a es contratado/a al 50% de la jornada, la bonificación será de 150,00€ y si es contratado/a al 75% de la jornada, la bonificación será de 225,00€.
  • Bonificación aplicable hasta el mes de junio de 2016

Otras cuestiones a tener en cuenta:

  • Si el/la trabajador/a es despedido/a o causa baja voluntaria antes de los seis meses, la empresa deberá devolver las bonificaciones aplicadas.
  • Si el/la trabajador/a es despedido/a o causa baja voluntaria después de los seis meses, la empresa no procederá a la devolución de dicha bonificación.
  • El Ministerio de Empleo y Seguridad Social inspeccionará la contratación objeto de la bonificación y nivel de empleo indefinido y total.

Compatibilidad de la tarifa joven con otras ayudas y bonificaciones

La tarifa joven es compatible con otras ayudas, con el objetivo de potenciar las contrataciones contribuyendo con la reducción del desempleo juvenil.

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