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	<title>cualificación profesional Archivos - Didascalia EG</title>
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	<description>Capacitación Profesional, Formación y Empleo</description>
	<lastBuildDate>Wed, 14 May 2025 08:43:58 +0000</lastBuildDate>
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	<title>cualificación profesional Archivos - Didascalia EG</title>
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	<item>
		<title>NUEVA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL &#8211; MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS</title>
		<link>https://didascalia.es/nueva-cualificacion-montaje-mantenimiento-instalaciones-termicas-edificios/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Didascalia EG]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 19 Oct 2023 12:38:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Climatización]]></category>
		<category><![CDATA[Habilitaciones profesionales]]></category>
		<category><![CDATA[instalaciones térmicas]]></category>
		<category><![CDATA[cualificación profesional]]></category>
		<category><![CDATA[Montaje y mantenimiento]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 28 de julio se publica en el BOE el Real Decreto 543/2023, de 27 de junio, por el que se establecen, actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Agraria; Hostelería y Turismo; Imagen Personal; Instalación y Mantenimiento; y...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El pasado 28 de julio se publica en el BOE el <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/28/pdfs/BOE-A-2023-17383.pdf" target="_blank" rel="noopener">Real Decreto 543/2023, de 27 de junio, por el que se establecen, actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Agraria; Hostelería y Turismo; Imagen Personal; Instalación y Mantenimiento; y Seguridad y Medio Ambiente, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales</a>.<br />
Entre las nuevas cualificaciones profesionales contenidas en este Real Decreto, se ha establecido en el anexo IV una nueva cualificación profesional en la familia profesional de Instalación y Mantenimiento:</p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul>
<li>Nivel: 2.</li>
<li>Código:  <a href="https://incual.educacion.gob.es/documents/20195/94271/IMA801_2+-+Q_Documento+publicado.pdf/0446888f-afc7-b737-70a8-e6998e5ab1ef?t=1691146581095" target="_blank" rel="noopener">IMA801_2  &#8211; Cualificación profesional: Montaje y mantenimiento de instalaciones térmicas en edificios</a>.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<h2><span style="color: #7ab800;"><strong>IMA801_2 &#8211; Cualificación profesional: Montaje y mantenimiento de instalaciones térmicas en edificios &#8211; 630 horas</strong></span></h2>
<p>La <strong>competencia general</strong> de esta cualificación profesional es:</p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul>
<li>Realizar operaciones de montaje y mantenimiento de instalaciones térmicas para garantizar las exigencias técnicas de bienestar e higiene, eficiencia energética y seguridad en los edificios, cumpliendo la normativa relativa a protección medioambiental y planificación de la actividad preventiva y a los estándares de calidad.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p>Las <strong>unidades de competencia</strong> se enumeran a continuación:</p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul>
<li>UC2678_2: Montar instalaciones térmicas en edificios.</li>
<li>UC2679_2: Mantener instalaciones térmicas en edificios.</li>
<li>UC2680_2: Manipular equipos y componentes con refrigerantes de instalaciones térmicas en edificios.</li>
<li>UC2327_2: Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos en construcción.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p>El <strong>entorno profesional</strong> donde va a trabajar incluye <strong>ámbitos profesionales</strong> como áreas de producción dedicada al montaje y mantenimiento de instalaciones térmicas en los edificios, en entidades de naturaleza privada, siendo microempresas principalmente o empresas de pequeño o mediano tamaño, tanto por cuenta propia como ajena, con independencia de su forma jurídica. Desarrolla su actividad dependiendo, en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior.  Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente.  En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa aplicable.</p>
<p>Se ubica en el <strong>sector productivo</strong> de la construcción e industria, en el subsector de instalación y mantenimiento de edificios y construcción en general.</p>
<p>Algunas de las <strong>posibles ocupaciones y puestos de trabajo</strong> podrían ser:</p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul>
<li>Mecánicos reparadores de calefacciones.</li>
<li>Instaladores de conducciones de calefacción y agua caliente sanitaria.</li>
<li>Mecánicos-instaladores de refrigeración y climatización.</li>
<li>Instaladores-ajustadores de instalaciones de refrigeración y aire acondicionado.</li>
<li>Instaladores de conducciones de aire acondicionado y ventilación.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p>Los <strong>módulos formativos</strong> asociados a este nuevo itinerario formativo son los siguientes:</p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul>
<li>MF2678_2: Montaje de instalaciones térmicas en edificios (240 horas).</li>
<li>MF2679_2: Mantenimiento de instalaciones térmicas en edificios (210 horas).</li>
<li>MF2680_2: Manipulación de equipos térmicos con refrigerantes (120 horas).</li>
<li>MF2327_2: Prevención a nivel básico de los riesgos laborales en construcción (60 horas).</li>
</ul>
</li>
</ul>
<div class="well">
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</div>
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]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>NUEVA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL  &#8211; SERVICIOS PARA EL CONTROL DE AVES PERJUDICIALES PARA LA ACTIVIDAD HUMANA</title>
		<link>https://didascalia.es/nueva-cualificacion-profesional-servicios-control-aves-perjudiciales-actividad-humana/</link>
					<comments>https://didascalia.es/nueva-cualificacion-profesional-servicios-control-aves-perjudiciales-actividad-humana/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Didascalia EG]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 Aug 2023 09:09:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Salud ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[SEA802_2]]></category>
		<category><![CDATA[cualificación profesional]]></category>
		<category><![CDATA[salud ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[control de aves]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 28 de julio se ha publicado en el BOE número el Real Decreto 543/2023, de 27 de junio. Entre las nuevas cualificaciones profesionales contenidas en este Real Decreto, se ha establecido en el anexo V una nueva cualificación profesional en la familia profesional...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El pasado 28 de julio se ha publicado en el BOE número el <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/28/pdfs/BOE-A-2023-17383.pdf" target="_blank" rel="noopener">Real Decreto 543/2023, de 27 de junio</a>.</p>
<p>Entre las nuevas cualificaciones profesionales contenidas en este Real Decreto, se ha establecido en el anexo V una nueva cualificación profesional en la familia profesional de Seguridad y Medio Ambiente:</p>
<ul>
<li>Nivel: 2.</li>
<li>Código: SEA802_2 &#8211; Cualificación profesional: Servicios para el control de aves perjudiciales para la actividad humana.</li>
</ul>
<h2><span style="color: #7ab800;">SEA802_2 Servicios para el control de aves perjudiciales para la actividad humana (360 horas)</span></h2>
<p>La <strong>competencia general</strong> de esta cualificación profesional es:</p>
<p>Realizar operaciones de preparación, transporte y aplicación de medios y productos destinados a controlar aves perjudiciales para la actividad humana, cumpliendo la normativa relativa a prevención de riesgos laborales, utilización de biocidas, almacenamiento y transporte de productos químicos, supeditándose a la obtención previa de autorizaciones administrativas por parte de las autoridades competentes en materia de protección de la biodiversidad, una vez evaluada y comprobada la concurrencia de las circunstancias y los requisitos determinados en la normativa sectorial, protección del medio ambiente y bienestar animal, y estándares de calidad.</p>
<p>Las <strong>unidades de competencia</strong> se enumeran a continuación:</p>
<ul>
<li>UC2681_2. Realizar operaciones de identificación de especies de aves perjudiciales para la actividad humana, caracterización de su hábitat y zonas de colonización.</li>
<li>UC2682_2. Aplicar procedimientos físicos para el control de aves perjudiciales para la actividad humana.</li>
<li>UC2683_2. Aplicar tratamientos biocidas para el control de especies de aves perjudiciales para la actividad humana.</li>
<li>UC2518_2. Llevar a cabo operaciones de preparación y traslado de utensilios, equipos, productos, precursores de productos biocidas y artículos tratados empleados en los servicios de control de organismos nocivos.</li>
<li>UC2519_2. Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos laborales.</li>
</ul>
<p>Dentro del entorno profesional, el ámbito donde se va a desarrollar su actividad se incluye en el servicio de sanidad ambiental dedicado al control de aves perjudiciales para la actividad humana. Pueden ser entidades de naturaleza pública o privada, en empresas de cualquier tamaño, tanto por cuenta propia como ajena, con independencia de su forma jurídica dependiendo funcional y jerárquicamente de un superior. Su actividad profesional está sometida a regulación por la administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa aplicable.</p>
<p>Las <strong>posibles ocupaciones y puestos de trabajo</strong> se indican a continuación:</p>
<ul>
<li>Aplicadores/operadores de procedimientos físicos en el control de aves perjudiciales para la actividad humana.</li>
<li>Aplicadores de biocidas.</li>
<li>Aplicadores/operadores de biocidas en el control de aves perjudiciales para la actividad humana (TP15 Y TP19).</li>
</ul>
<p>Los <strong>módulos formativos</strong> <strong>asociados a este nueva itinerario formativo</strong> son los siguientes:</p>
<ul>
<li>MF2681_2. Operaciones de identificación de especies de aves perjudiciales para la actividad humana, caracterización de su hábitat y zonas de colonización (60 horas).</li>
<li>MF2682_2. Control de aves perjudiciales para la actividad humana mediante procedimientos físicos (120 horas).</li>
<li>MF2683_2. Aplicación de tratamientos biocidas para el control de especies de aves perjudiciales para la actividad humana (60 horas).</li>
<li>MF2518_2. Aplicación de operaciones de preparación y traslado de utensilios, equipos, productos, precursores de productos biocidas y artículos tratados empleados en los servicios de control de organismos nocivos (60 horas).</li>
<li>MF2519_2. Gestión a nivel básico de la prevención de riesgos laborales (60 horas).</li>
</ul>
<div class="well">
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</div>
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			</item>
		<item>
		<title>PRÓRROGA DE CARNET DE APLICADORES DE PRODUCTOS BIOCIDAS</title>
		<link>https://didascalia.es/prorroga-carnet-aplicadores-productos-biocidasprorroga-de-carnet-de-aplicadores-de-productos-biocidas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Didascalia EG]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 01 Jun 2020 09:11:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Biocidas]]></category>
		<category><![CDATA[biocidas]]></category>
		<category><![CDATA[control de plagas]]></category>
		<category><![CDATA[Certificados de Profesionalidad]]></category>
		<category><![CDATA[cualificación profesional]]></category>
		<category><![CDATA[acreditación de competencias profesionales]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La formación necesaria para los aplicadores de productos biocidas se regula en España mediante el Real Decreto 830/2010, de 25 de Julio, por el que se establecen la normativa reguladora de capacitación de tratamientos con biocidas. Esta normativa se crea para exigir unos niveles mínimos...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La formación necesaria para los aplicadores de productos biocidas se regula en España mediante el <em><a href="https://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-11157-consolidado.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Real Decreto 830/2010</a>, de 25 de Julio, por el que se establecen la normativa reguladora de capacitación de tratamientos con biocidas. </em>Esta normativa se crea para exigir unos niveles mínimos de capacitación a las personas que desarrollan actividades laborales relacionadas con la<strong> aplicación de productos biocidas</strong>.</p>
<p>En su <strong>Disposición Transitoria Primera</strong>, este real decreto <strong>prorrogaba durante seis años más</strong> (hasta 15/07/2016) la validez de los carnets de aplicadores de los niveles básico y cualificado para los siguientes tipos de productos biocidas:</p>
<ul>
<li>TP2 – Desinfectantes y alguicidas no destinados a la aplicación directa a personas o animales</li>
<li>TP3 – Higiene veterinaria</li>
<li>TP4 &#8211; Alimentos y piensos</li>
<li>TP14 – Rodenticidas</li>
<li>TP18 – Insecticidas, acaricidas y producto para controlar otros artrópodos</li>
<li>TP19 – Repelentes y atrayentes</li>
</ul>
<p>Llegamos al año 2016 y los mecanismos para ir implantando las nuevos certificados de profesionalidad <strong>Servicios para el control de plagas</strong> (nivel 2) y <strong>Gestión de Servicios para el Control de Organismos Nocivos</strong> (nivel 3) van despacio. Estos certificados van a venir a sustituir a los carnet arriba referidos.</p>
<p>Para que estos puedan continuar ejerciendo su actividad una vez finalizado este periodo transitorio,  se faculta a las comunidades autónomas a adoptar las <a href="https://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/135/BOJA16-135-00002-12773-01_00095260.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">disposiciones</a> que consideren oportunas para paliar los eventuales problemas que pudieran ocasionar en el mercado de trabajo la carencia de los profesionales que son objeto de regulación en este real decreto, mediante alguna de las siguientes medidas de carácter excepcional.  lo que <strong>se va a prorrogar la validez de los carnets cuatro años más,</strong> siendo el nuevo plazo el 15/07/2020.</p>
<p>La situación excepcional de la pandemia provocada por el coronavirus COVID-19, ha multiplicado la necesidad de estos perfiles para atender las necesidades de aplicación de productos biocidas en todos los sectores ya sean públicos o privados.</p>
<p>Con fecha 18/05/2020, el Ministerio de Sanidad, ha publicado una <a href="https://saludcantabria.es/uploads/aplicador2021.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">nota</a> para ampliar otro año el periodo transitorio hacia los certificados de profesionalidad, siendo la nueva fecha límite el <strong>15 de julio de 2021.</strong></p>
<h2>Nota del Ministerio de Sanidad con referencia a la ampliación del periodo transitorio</h2>
<p style="text-align: right;">SECRETARIA GENERAL DE SANIDAD</p>
<p style="text-align: right;">DIRECCIÓN GENERAL DE<br />
SALUD PÚBLICA, CALIDAD E INNOVACIÓN<br />
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD AMBIENTAL Y<br />
SALUD LABORAL</p>
<p style="text-align: center;"><em>NOTA INFORMATIVA PRÓRROGA CARNÉS DE APLICADOR</em></p>
<p style="text-align: left;"><em>El Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas estableció unas medidas transitorias para su aplicación, otorgando un periodo de 6 años en los que se consideraban válidos los carnés básico y cualificado, y se contemplaba la posible prórroga por parte de las comunidades</em><br />
<em>autónomas, una vez finalizado dicho periodo.</em></p>
<p><em>El proceso para poner en marcha los mecanismos necesarios para la obtención de los Certificados de Profesionalidad resultaron ser más complejos de lo esperado, por lo que fue necesario acordar una prórroga adicional. Por acuerdo alcanzado en la Comisión de Salud Pública en su reunión de 10 de febrero de 2016, el plazo se prorrogaría por un periodo de 4 años contados a partir del día 15 de julio de 2016. Por lo tanto, este plazo está próximo a</em><br />
<em>expirar.</em></p>
<p><em>En previsión de la posible carencia de personal que se pueda producir en este sector como consecuencia del aumento de la demanda de servicios por la crisis del coronavirus, la interrupción de los procesos formativos, y el hecho de que no se ha conseguido todavía la plena adaptación del sector a los requerimientos del Real Decreto 830/2010, se ha considerado conveniente elevar este problema a la Comisión de Salud Pública, que en su</em><br />
<em>reunión de 14 de mayo de 2020, ha decidido acordar una prórroga adicional de la validez de los carnés hasta 15 de julio de 2021.</em></p>
<p style="text-align: right;"><em>Madrid, a 18 de mayo de 2020</em></p>
<div class="well">
<h3>¿Quieres formarte para obtener el Certificado de Profesionalidad Control de Plagas u Gestión de Servicios para el Control de Organismos Nocivos?</h3>
<p>Consulta las próximas convocatorias <a href="https://didascalia.es/certificados-de-profesionalidad-cursos/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"> aquí</a></p>
</div>
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]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>PREPÁRATE PARA ACREDITAR TUS COMPETENCIAS</title>
		<link>https://didascalia.es/acreditar-tus-competencias/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Didascalia EG]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2015 12:02:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[competencias profesionales]]></category>
		<category><![CDATA[cualificación profesional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Desde Didascalia EG te proponemos los siguientes pasos, para preparar tu participación en los procedimientos de acreditación de competencias profesionales que se convoquen, obteniendo la acreditación oficial. 1.- Debes cumplir con los requisitos de acceso al procedimiento. Consúltalos   2.- Conoce las convocatorias disponibles    3.- Recuerda que se valora...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Desde <a href="https://didascalia.es/"><strong><span style="color: #7ab400;">Didascalia EG</span></strong></a> te proponemos los siguientes pasos, para preparar tu participación en los procedimientos de acreditación de competencias profesionales que se convoquen, obteniendo la acreditación oficial.</p>
<p><strong>1.- Debes cumplir con los requisitos de acceso al procedimiento. <span style="color: #7ab400;">Consúltalos </span></strong></p>
<p><strong> </strong><strong>2.- Conoce las <span style="color: #7ab400;"><a style="color: #7ab400;" href="https://sede.sepe.gob.es/recex/RXBuscadorConvocatoriaWebRED/busquedaConvocatorias.do" target="_blank" rel="noopener noreferrer">convocatorias disponibles </a></span></strong><span style="color: #7ab400;"><a style="color: #7ab400;" href="https://sede.sepe.gob.es/recex/RXBuscadorConvocatoriaWebRED/busquedaConvocatorias.do" target="_blank" rel="noopener noreferrer"> </a></span></p>
<p><strong> </strong><strong>3.- Recuerda que se valora tanto experiencia como formación, adquirida en los últimos 10 años. En el baremo se sumarán ambos conceptos.</strong></p>
<p style="padding-left: 30px;"><strong><span style="color: #7ab400;">* Experiencia laboral.</span></strong></p>
<p style="padding-left: 30px;">Nivel 2 y 3 justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas</p>
<p style="padding-left: 30px;">Nivel 1 justificar 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.</p>
<p style="padding-left: 30px;"><span style="color: #7ab400;"><strong> </strong><strong>* Formación. </strong></span></p>
<p style="padding-left: 30px;">Nivel 2 y 3 justificar, al menos 300 horas.</p>
<p style="padding-left: 30px;">Nivel 1 justificar 200 horas.</p>
<p><strong> </strong><strong>4.- Prepárate para iniciar el procedimiento de acreditación de competencias. <span style="color: #7ab400;"><a style="color: #7ab400;" href="http://www.educacion.gob.es/educa/incual/ice_Acreditacion.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Autoevaluándote</a>.</span></strong></p>
<p>Te anotamos que para cada cualificación profesional contemplada en convocatoria, serán seleccionadas las <strong>personas candidatas </strong>que obtengan<strong> mayor puntuación</strong>, hasta agotar las plazas disponibles.</p>
<p><span style="color: #808080;"><strong>Destaca entre las personas candidatas.</strong></span></p>
<p><a href="https://didascalia.es/"><strong><span style="color: #7ab400;">Didascalia EG</span></strong></a> te ayuda a ampliar tus horas de formación</p>
<p><span style="color: #000000;">Cristina Hidalgo</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Didascalia EG</span></p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Sabes qué ventajas te aporta la acreditación de tus competencias profesionales?</title>
		<link>https://didascalia.es/sabes-que-ventajas-te-aporta-la-acreditacion-de-tus-competencias-profesionales/</link>
					<comments>https://didascalia.es/sabes-que-ventajas-te-aporta-la-acreditacion-de-tus-competencias-profesionales/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Didascalia EG]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 22 Jan 2015 09:34:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[experiencia profesional]]></category>
		<category><![CDATA[formación no formal]]></category>
		<category><![CDATA[cualificación profesional]]></category>
		<category><![CDATA[acreditación de competencias profesionales]]></category>
		<category><![CDATA[experiencia laboral]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Con la superación de un proceso de acreditación de competencias profesionales,  adquiridas por la experiencia laboral o de vías no formales de formación, puedes: Obtener una acreditación oficial con validez en todo el territorio del Estado. Conseguir acreditaciones que te conduzcan a la obtención de un certificado...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Con la superación de un proceso de acreditación de <a href="https://didascalia.es/tag/competencias/">competencias profesionales</a>,  adquiridas por la experiencia laboral o de vías no formales de formación, puedes:</p>
<ol>
<li>Obtener una acreditación oficial con validez en todo el territorio del Estado.</li>
<li>Conseguir acreditaciones que te conduzcan a la obtención de un certificado de profesionalidad o un título de formación profesional.</li>
<li>Hacer visibles tus competencias y valorar tu experiencia con la ayuda de diferentes profesionales.</li>
<li>Trazar un plan de formación individualizado que complete o aumente tus competencias profesionales.</li>
<li>Incrementar tus posibilidades de empleabilidad y mejorar de tu cualificación.</li>
<li>Fomentar tu movilidad en el mercado de trabajo, tanto en el ámbito nacional como en el europeo.</li>
</ol>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Nueva convocatoria del procedimiento de acreditación de la experiencia para Atención sociosanitaria a personas en el domicilio (Castilla-La Macha)</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Didascalia EG]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Dec 2014 14:27:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[cualificación profesional]]></category>
		<category><![CDATA[experiencia laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Formación]]></category>
		<category><![CDATA[experiencia profesional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se ha publicado una nueva convocatoria del procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o de vías no formales de formación de las unidades de competencia incluidas en la siguiente cualificación profesional: (SSC089_2) Atención sociosanitaria a personas en el...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Se ha publicado una nueva convocatoria del procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o de vías no formales de formación de las unidades de competencia incluidas en la siguiente cualificación profesional:</p>
<p><strong>(SSC089_2) Atención sociosanitaria a personas en el domicilio (Nivel 2).</strong></p>
<p>Plazas convocadas: <strong>3.000 plazas.</strong></p>
<p>Plazo de presentación de solicitudes desde el día <strong>29 de noviembre hasta el 13 de diciembre de 2014, </strong>ambos incluidos.</p>
<p>Las bases de la convocatoria así como la solicitud de preinscripción estarán disponibles, en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección <a href="http://www.jccm.es" target="_blank" rel="noopener noreferrer">http://www.jccm.es.</a>, también puedes consultar el BOE nº292.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales</title>
		<link>https://didascalia.es/cualificaciones-profesionales-2/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Didascalia EG]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 Oct 2014 12:25:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[cualificación]]></category>
		<category><![CDATA[Formación profesional para el empleo]]></category>
		<category><![CDATA[cualificación profesional]]></category>
		<category><![CDATA[competencia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En el BOE nº 257 se publica el RD 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3>En el BOE nº 257 se publica el RD 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.</h3>
<h3><span id="more-6926"></span></h3>
<p>Con carácter general, se entiende por modificaciones de aspectos puntuales de cualificaciones y unidades de competencia recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, aquellas que no impliquen la ampliación o reducción de la competencia general recogida en la cualificación profesional y/o aquellas que no modifiquen las funciones o los procesos productivos o de prestación de servicios que definen el conjunto de competencias profesionales establecidas en las unidades de competencia.</p>
<p>Se considerarán modificaciones de aspectos puntuales de cualificaciones profesionales y unidades de competencia, las siguientes:</p>
<p>a) Actualización de la redacción de la competencia general, sin que suponga un redimensionamiento de la misma ni implique un cambio en el nivel de responsabilidad, complejidad y autonomía del profesional, añadiendo o eliminando funciones, en relación con las unidades de competencia recogidas en la cualificación.</p>
<p>b) Modificaciones del entorno profesional que permitan completar y clarificar, aspectos relacionados con la redacción del ámbito profesional, los sectores productivos y las ocupaciones y puestos de trabajo relevantes, tomando como referencia la Clasificación Nacional de Actividades Económicas y la Clasificación Nacional de Ocupaciones vigentes en el momento de su actualización, así como otra información actualizada de los sectores productivos, sin que cambie la competencia definida en la cualificación profesional.</p>
<p>c) Clarificación de la redacción de las realizaciones profesionales contenidas en una unidad de competencia.</p>
<p>d) Inclusión de realizaciones profesionales nuevas y sus correspondientes criterios de realización, para dar respuesta a las necesidades de los sectores productivos y el empleo, sin que supongan cambio en las funciones recogidas en las unidades de competencia.</p>
<p>e) Supresión de realizaciones profesionales y sus correspondientes criterios de realización, para dar respuesta a las necesidades de los sectores productivos y el empleo, sin que supongan cambio en las funciones recogidas en las unidades de competencia.</p>
<p>f) Actualización de la redacción de los criterios de realización incluidos en las realizaciones profesionales de una unidad de competencia.</p>
<p>g) Actualización del contexto profesional de la unidad de competencia que no implique cambio en las funciones.</p>
<p>Se considerarán modificaciones de aspectos puntuales de los módulos formativos asociados a las unidades de competencia aquellas que deban introducirse como consecuencia de las realizadas en la cualificación profesional, o en las unidades de competencia que incluye.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Nueva convocatoria para acreditar las competencias profesionales</title>
		<link>https://didascalia.es/competencias-profesionales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Didascalia EG]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Sep 2014 07:11:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[formación no formal]]></category>
		<category><![CDATA[cualificación profesional]]></category>
		<category><![CDATA[experiencia laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Formación]]></category>
		<category><![CDATA[cualificación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Hoy, 30 de septiembre, se publica en BOJA la Orden de 16 de septiembre de 2014, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación para determinadas unidades...</p>
<p>La entrada <a href="https://didascalia.es/competencias-profesionales/">Nueva convocatoria para acreditar las competencias profesionales</a> aparece primero en <a href="https://didascalia.es">Didascalia EG</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Hoy, 30 de septiembre, se publica en BOJA la Orden de 16 de septiembre de 2014, por la que se convoca <b>procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación</b> para determinadas unidades de competencia de la cualificación profesional ART524_3, Maquinaria escénica para el espectáculo en vivo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.</p>
<p>La presente convocatoria permite dar respuesta a la demanda de cualificación del sector de profesionales de la maquinaria escénica para el espectáculo en vivo que ha encontrado tradicionalmente grandes dificultades de empleabilidad derivadas de la ausencia de formación reglada específica o de cualquier otro mecanismo de acreditación de competencias profesionales.</p>
<p>Podrán participar en este procedimiento las personas trabajadoras que pertenezcan al colectivo de profesionales que trabajan en el <b>sector de la maquinaria escénica para el espectáculo en vivo </b>al que se refiere el Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales y la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía.</p>
<p>Se convoca un total de 200 plazas distribuidas en 50 plazas para el año 2014, 75 plazas para el año 2015 y 75 para el año 2016.</p>
<p>El plazo para presentar las solicitudes de inscripción en el procedimiento será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el <a href="https://www.juntadeandalucia.es/boja.html">Boletín Oficial de la Junta de Andalucía</a>.</p>
<p>&nbsp;</p>
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