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RITE: CERRADO EL PERIODO DE CONSULTA PÚBLICA

El 16 de septiembre finalizó el plazo de presentación de alegaciones al Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1027, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).

El motivo de la modificación del RITE no es más que la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de las últimas incorporaciones a la normativa europea, entre ellas:

  • La Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética.
  • La Directiva (UE) 2018/2002 del Parlamento europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética
  • La Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento europeo y del Consejo, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.

En estas directivas se introducen aspectos tan importantes como los nuevos objetivos planteados para 2030:

  • Objetivo obligatorio para la UE de alcanzar como mínimo el 32% de aporte de energías renovables para 2030, con una revisión de este objetivo al alza en 2023.
  • Objetivo para 2030 de incrementar la eficiencia energética hasta el 32,5%, expresada esta eficiencia en consumo de energía primaria o energía final, con una posible revisión también al alza en 2023.

Además de los objetivos en cuanto a utilización de energías renovables y en lo que a eficiencia energética se refiere, algunas de las novedades que se incluirán en la modificación del RITE van encaminadas a la incorporación de sistemas de automatización y control para monitorizar y adaptar los consumos energéticos de los edificios de forma continua, se realizan modificaciones en el régimen de inspecciones sobre la eficiencia energética de la instalaciones y se plantea la necesidad de disponer de equipos de lectura remota para el consumo de calefacción y agua caliente sanitaria.

Uno de los aspectos más esperados por el sector, se encuentra en la transposición de la Directiva 2018/2002 en la que se introduce la contabilización de consumos de calefacción. En este sentido, se marca la obligatoriedad de contabilizar los consumos individuales en edificios con calefacciones centralizadas, lo que implica la instalación de repartidores de costes de calefacción y válvulas termostáticas en miles de viviendas que disponen de calefacción centralizada.