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RIESGOS RELACIONADOS CON EL CONTROL FITOSANITARIO EN LA HORTICULTURA

El sector agrario ha sufrido una revolución debida al proceso de mecanización, pasando de una agricultura basada en el trabajo y fuerza de los jornaleros o en la tracción animal, al uso de maquinarias agrícolas.

La aparición de estas máquinas agrícolas conlleva el desarrollo de nuevos riesgos laborales, en los que la mayoría interviene el factor humano. Sin embargo, es el uso de productos fitosanitarios el que provoca importantes riesgos para la salud, debido principalmente al efecto de la toxicidad de la sustancia que se aplica, además de la forma y el tiempo en que se produce la exposición.

Con el fin de comprobar que los equipos de aplicación de productos fitosanitarios cumplen con los requisitos de salud y seguridad medioambiental, dosificando y distribuyendo correctamente los productos, se realizan inspecciones periódicas de los equipos de aplicación, cumpliendo así el RD 1702/2011, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos sanitarios.

Además, con el objetivo de conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios reduciendo los riesgos y los efectos en la salud humana y el medio ambiente, así como el fomento de la gestión integrada de plagas y de planteamientos o técnicas alternativas, tales como los métodos no químicos, se publicó el RD 1311/2012.

Los riesgos que conlleva la utilización de productos sanitarios no son únicamente los derivados para la agricultura y el medioambiente. La manipulación de estos productos en cualquier fase de su ciclo de vida supone un alto riesgo para la salud: fabricantes, transportistas o manipuladores directos.

Riesgos para las personas del uso de productos fitosanitarios

1. El nivel de exposición

El nivel de exposición del manipulador de los productos fitosanitarios conlleva un peligro según la forma y el tiempo de exposición. Para reducir y evitar una posible intoxicación es necesario que se evite la exposición directa y el contacto entre el manipulador y el producto. El riesgo no solo existe en el momento de aplicar los productos fitosanitarios, también al mezclar los productos y preparar el caldo de tratamiento, por salpicaduras, inhalación o derrames.

2. El tiempo de exposición

El tiempo que una persona está en contacto con el producto fitosanitario debe seguir un método de trabajo equitativo, con rotación, con el objetivo de que no sea una misma persona la que realice el total de horas de aplicación diarias o semanales, evitando así el contacto prolongado con el producto.

3. Peligrosidad

Las causas de peligro procedentes del uso de productos fitosanitarios se deben, especialmente, a su toxicidad y al hecho de que penetren en el organismo mediante ingestión, inhalación o absorción dérmica. La toxicidad de un producto fitosanitario normalmente se debe a la toxicidad de la materia activa, no obstante, existen algunos componentes del producto fitosanitario que también pueden poseer carácter tóxico, como los aditivos o los coadyuvantes, o en ocasiones pueden ejercer un efecto potenciador sobre el carácter tóxico de la materia activa.

En relación con la peligrosidad, existen diferentes categorías para clasificar los productos fitosanitarios:

  • Según las propiedades fisicoquímicas.
  • Según los efectos sobre la salud.
  • Según los efectos tóxicos para la reproducción.

Riesgos derivados del uso de productos fitosanitarios

Existe, además, un riesgo para terceros derivado de la presencia de residuos de productos fitosanitarios. La Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal define como residuo de un producto fitosanitario la sustancia o sustancias presentes en los vegetales, productos vegetales o sus transformados, productos comestibles de origen animal, o en el medio ambiente, que constituyan los restos de la utilización de un producto fitosanitario, incluidos sus metabolitos y los productos resultantes de su degradación o reacción.

Con el fin de asegurar que el uso de estas sustancias químicas es seguro para los consumidores, la UE ha establecido los Límites Máximos de Residuos (LMR) mediante el Reglamento (CE) 396/2005. Estos LMR no son límites toxicológicos, sino límites toxicológicamente aceptables, basados en una buena práctica agrícola y que representan la cantidad máxima de un residuo que es posible encontrar en un producto alimentario.

Estos valores de LMR pueden ser consultados en la Base de Datos Europea de Residuos de Productos Fitosanitarios de la Dirección General de la Salud y Protección del Consumidor (SANCO) de la Comisión Europea.

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