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R32. NOVEDADES EN EL NUEVO RSIF

La Comisión Europea ya ha publicado la actualización del Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Frigoríficas (RSIF) y el Ministerio de Industria está trabajando para aprobar un nuevo Reglamento que debe incluir una serie de cambios, entre ellos, la clasificación del refrigerante R32 como un A2L, es decir, baja toxicidad y baja inflamabilidad.

El proceso de validación en la UE debe completarse durante el mes de diciembre por lo que, en principio, la trasposición del nuevo Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Frigoríficas a legislación nacional debería estar aproximadamente en el mes de marzo de 2019.

Hasta el momento el refrigerante R32 no podía utilizarse de forma masiva, pero con los cambios que se introducirán en el nuevo Reglamento esto va a cambiar. Algunos de los cambios que modifican la situación anterior son:

  • El R32 se clasifica como un refrigerante de baja toxicidad y baja inflamabilidad. Refrigerante A2L.
  • Se permite que sea instalado por un instalador de Nivel 1.
  • Como consecuencia de la posibilidad de ser utilizado por instaladores de Nivel 1, se elimina la necesidad de que el instalador disponga de un Seguro de Responsabilidad Civil de 900.000€.
  • Se ha eliminado la necesidad de disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil de 500.000€ por parte del titular de la instalación.
  • El mantenimiento de la instalación puede contratarse con un instalador de Nivel 1.
  • Se elimina la necesidad de elaborar un proyecto suscrito por un técnico titulado para las instalaciones con R32. Con la modificación sólo es obligatorio presentar la memoria técnica y la documentación incluida en el Anexo 21 del nuevo Reglamento.
  • Se aumenta el límite inferior de inflamabilidad de 0,27 hasta 0,307 kg/m3.
  • Se habilita un plazo de tres años desde la entrada en vigor del Reglamento para la legalización de las instalaciones realizadas previamente con refrigerantes A2L, como es el caso del R32.

Otro de los cambios que se incluyen es el aumento de la carga máxima permitida en función del tipo de local:

  • Para locales de acceso masivo (hoteles, residencial…), se aumenta de 2,5 kg hasta 12 kg de carga máxima.
  • Para locales de acceso restringido, se aumenta de 10 kg hasta 12 kg de carga máxima.
  • En ambos casos, mediante la adopción de contramedidas, se podría permitir la carga máxima hasta los 60 kg.

Resumiendo, con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Frigoríficas, que se prevé ocurra para marzo de 2019, se podrá aumentar la carga máxima de refrigerante R32 hasta los 12 kg en instalaciones residenciales, incluso se podrá llegar hasta los 60 kg cumpliendo lo recogido en el RSIF. No será necesaria la presentación de proyecto suscrito por técnico titulado y podrá ser instalado por instaladores de Nivel 1. Se elimina la obligación de aumentar la cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil por parte del titular de la instalación y, finalmente, se podrá legalizar las instalaciones realizadas previamente con refrigerantes del tipo A2L, como es el caso del R32.