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SE PRORROGAN LOS CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE. MODALIDAD DISTANCIA

Os informamos de la vigencia del contrato para la formación y el aprendizaje y de su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2015, de acuerdo a la siguiente publicación:

El pasado 29 de junio, entró en vigor la Orden ESS/1249/2015, de 19 de junio, por la que se amplía el plazo previsto en la disposición transitoria octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, relativa a los contratos para la formación y el aprendizaje, publicada el pasado sábado 27 de junio de 2015.

Según lo establecido en dicha norma, “se amplía hasta el 31 de diciembre de 2015 el plazo previsto en el apartado 2 de la disposición transitoria octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, de forma que en los contratos para la formación y el aprendizaje que se suscriban hasta esa fecha, en los supuestos en que no exista título de formación profesional o certificado de profesionalidad relacionados con el trabajo efectivo a realizar, o centros formativos disponibles para su impartición, la actividad formativa inherente a estos contratos estará constituida por los contenidos mínimos orientativos establecidos en el fichero de especialidades formativas, accesible para su consulta en las páginas web del Servicio Público de Empleo Estatal (www.sepe.es) y en las de los Servicios Públicos de Empleo correspondientes de las Comunidades Autónomas, para las ocupaciones o especialidades relativas a la actividad laboral contemplada en el contrato; en su defecto, estará constituida por los contenidos formativos determinados por las empresas o comunicados por estas al Servicio Público de Empleo Estatal, a los efectos de su validación en el marco del Sistema Nacional de Empleo

Debido a que los centros están en proceso de acreditación para impartir formación en modalidad teleformación, vinculada a los Certificados de Profesionalidad, se prorroga el contrato de formación actual mediante el que se imparte la formación en modalidad distancia, hasta el 31 de diciembre del año en curso. Es por ello por lo que los centros autorizados, podrán seguir impartiendo la formación adherida a esta modalidad contractual hasta la fecha fijada.

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