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- Ser mayor de 18 años.
- Superar un examen ante la Autoridad Minera (ver información más abajo).
- Superar un examen médico (es necesario aportar el certificado y que éste refleje la calificación de APTO para el desempeño de ese puesto en concreto).
- Presentar Certificado de haber recibido, expedido por la empresa minera si ésta hubiera utilizado medios propios para la impartición de la formación, o por la entidad encargada por ella para hacerlo, de la formación necesaria, en cumplimiento de la Orden ITC/1316/2008 de 7 de mayo (modificada por la Orden ITC/2699/2011, de 4 de octubre) por la que se aprueba la ITC 02.1.02 «Formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo» del RGNBSM, con las características y periodicidad que recoge la Especificación Técnica nº 2003-1-10 (pdf): “Formación preventiva para el desempeño de los puestos de trabajo encuadrados en los grupos 5.1 letras a), b) ,c) y 5.2 letras a), b), d), f) y h)”, es decir: 20 horas mínimo de duración, programa acorde al artículo 3.3.- de la citada Especificación técnica incluyendo la parte común y la específica del grupo 5.2 letra h) y resto de requisitos que impone la ITC 02.1.02.
- Presentar declaración responsable firmada por el interesado, donde haga constar específicamente que conoce el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (pdf), las Instrucciones Técnicas Complementarias (pdf) del Capítulo IX.- Electricidad, así como los riesgos laborales asociados a la actividad que se va a desarrollar.
- Aportar uno de los dos documentos siguientes:
- Título de Formación Profesional de Primer Grado en la rama eléctrica o título académico actual equivalente.
- Certificado expedido por una empresa minera, de haber ejercido en interior de mina trabajos electrotécnicos durante un mínimo de dos años.