CONVOCATORIA PERMANENTE EN ARAGÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS

Resolución de 12 de mayo de 2021, del Director General de Innovación y Formación Profesional, por la que se convoca, experimentalmente, un procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de carácter permanente.

Objeto

  1. Convocar, experimentalmente, el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de carácter permanente, indicado en el artículo 10.1 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
  2. Este procedimiento de carácter permanente, estará organizado a través de convocatorias abiertas referidas a las unidades de competencia que se pueden acreditar e incluidas en los títulos de formación profesional y en los certificados de profesionalidad ofertados en la Comunidad Autónoma de Aragón y a aquellas unidades de competencia que no estén incluidas en dicha oferta, pero que sean de interés para la población trabajadora aragonesa.

Difusión y publicidad de las convocatorias abiertas

Las unidades de competencia que se pueden acreditar a través de las convocatorias abiertas incluidas en este procedimiento permanente se pueden consultar en la página web de la Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón, en adelante, la Agencia (https://www.peacaragon.es/).

Requisitos de participación en el procedimiento

A) Quienes deseen participar en este procedimiento deberán cumplir, en el momento de su solicitud de inscripción, los siguientes requisitos:

  1. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
  2. Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1 y 20 años para las de niveles 2 y 3.
  3. para acceder al procedimiento alegando la experiencia profesional, será necesario justificar, al menos, 3 años de experiencia laboral relacionada con las competencias profesionales que se quieran acreditar, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
  4. Para acceder al procedimiento alegando formación no formal, deberán justificar, al menos 300 horas de formación relacionada con las competencias profesionales que se quieran acreditar, realizada en los últimos 10 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán al menos 200 horas. En el caso de que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, será necesario acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

B) No podrán participar en alguna de las fases del procedimiento, aquellas personas que se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Si se tienen acreditadas todas las unidades de competencia en las que solicite la inscripción o si se posee el certificado de profesionalidad o el título de formación profesional vinculado a la misma, no se podrá participar en el procedimiento.
  2. Si durante el desarrollo del procedimiento se hubiese matriculado y/o estuviese cursando el módulo profesional o formativo asociado a una unidad de competencia en la que solicita la inscripción, no se podrá inscribir en la fase de evaluación de dicha unidad.
  3. Si se está participando en otra convocatoria vinculada a la misma cualificación profesional, salvo que se demuestre que ha sido inadmitido, excluido o que se ha presentado renuncia expresa a participar en el mismo, no se podrá confirmar la inscripción en el procedimiento.

Aplicación informática para la gestión del procedimiento

En la página web de la Agencia se encuentra el enlace a la aplicación informática que gestionará el procedimiento, así como instrucciones para el uso de la misma.

Se puede consultar la normativa en el siguiente enlace: BOA Aragón

Didascalia EG pone a disposición de sus clientes un servicio de asesoramiento, información, orientación y gestión de inscripciones, así como diversos programas formativos relacionados con los certificados de profesionalidad.

Para saber más, contacta con nosotros en el teléfono 955027717 o por correo electrónico en info@didascalia.es