PUBLICADA PROPUESTA DE NUEVO REAL DECRETO DE BIOCIDAS EN EUR-LEX

PUBLICADA PROPUESTA DE NUEVO REAL DECRETO DE BIOCIDAS EN EUR-LEX: QUÉ IMPLICA PARA LAS EMPRESAS DE CONTROL DE PLAGAS

Se ha difundido información sobre el proyecto de nuevo Real Decreto de biocidas en España, un texto que busca actualizar el marco nacional para adaptarlo plenamente al Reglamento (UE) 528/2012 relativo a la comercialización y uso de biocidas (BPR).

Este proyecto ha sido notificado a la Comisión Europea y publicado para información en el sistema EUR-Lex/TRIS, el mecanismo europeo mediante el cual los Estados miembros comunican sus proyectos normativos que pueden afectar al mercado interior antes de su aprobación definitiva.

Qué se mantiene en el sector de biocidas

Para las empresas de control de plagas y sanidad ambiental, el mensaje principal es de continuidad. El nuevo texto no supone un cambio radical en el modelo del sector.

Se mantiene el sistema de capacitación profesional

El proyecto mantiene el modelo establecido en el Real Decreto 830/2010, que regula la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.

Esto significa que seguirá siendo obligatorio que las empresas dispongan de:

  • Aplicadores de biocidas debidamente formados
  • Responsables técnicos cualificados
  • Formación específica para determinados tratamientos, como fumigaciones o tratamientos con gases

En otras palabras, la formación seguirá siendo uno de los pilares regulatorios del sector, adaptándose a las nuevas cualificaciones profesionales y certificado de profesionalidad.

Qué cambios introduce el nuevo Real Decreto

Aunque la estructura básica del sector permanece, el nuevo texto introduce algunos ajustes relevantes.

Adaptación completa al Reglamento europeo de biocidas (BPR)

El objetivo principal es alinear la normativa española con el Reglamento (UE) 528/2012, eliminando referencias a marcos antiguos y actualizando definiciones y procedimientos.

Esto afecta especialmente a:

  • Autorización de productos biocidas.
  • Comercialización y uso.
  • Control del mercado.

Actualización de los sistemas de trazabilidad

El proyecto también pretende modernizar el seguimiento de productos peligrosos y su circulación en el mercado.

Entre las novedades previstas destacan:

  • Revisión del sistema de control de biocidas peligrosos.
  • Adaptación a los nuevos sistemas de registro y control europeos.
  • Mejora de la trazabilidad en la cadena de suministro.

Mayor control sobre alegaciones biocidas

El nuevo marco también busca evitar que productos no autorizados utilicen alegaciones biocidas en su etiquetado o publicidad.

Esto refuerza la protección del consumidor y favorece a las empresas profesionales que trabajan dentro del marco legal.

Qué significa esto para las empresas del sector

El nuevo Real Decreto no elimina la necesidad de formación; al contrario, consolida la profesionalización del sector.

Formación: clave para el cumplimiento normativo

En un entorno normativo cada vez más armonizado a nivel europeo, contar con personal formado y certificado quedará de la siguiente forma según el borrador:

  • Con el Título de Técnico en Sanidad Ambiental aplicada establecido en la normativa que lo regula, podrán aplicar los tratamientos biocidas: TP 2, 3, 4, 5, 8, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20.
  • Con el certificado profesional (grado C) de Servicios de control de plagas y organismos nocivos, podrán aplicar los siguientes tratamientos biocidas: TP 14, 16, 17, 18, 19 y 20.
  • Con el certificado profesional (grado C) de Mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones susceptibles de Legionella, podrán aplicar el tratamiento biocida TP 11, 2, 4 y 5.
  • Con el certificado profesional (grado C) de Control de organismos nocivos mediante procesos de desinfección y tratamientos alguicidas, podrán aplicar el tratamiento biocida TP 2 (excepto Legionella), y en el mantenimiento de piscinas, TP 3 y TP 4.
  • Con el certificado profesional (grado C) de Control de aves perjudiciales para la actividad humana, podrán aplicar el tratamiento biocida TP 15.
  • Con el certificado profesional (grado C) de Control de organismos, incluidos insectos, que degradan o alteran la madera y sus derivados, podrán aplicar el tratamiento biocida TP 8.
  • Con el certificado profesional (grado C) de Mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas, podrán aplicar el tratamiento biocida TP 2 excepto en los procesos de desinfección y tratamientos alguicidas previstos en el apartado d).
  • Con el certificado profesional (grado C) de Operación de estaciones de tratamiento de aguas, establecido en el anexo II del Real Decreto 1536/2011, de 31 de octubre, podrán aplicar el tratamiento biocida TP 4 y 5.
  • Con el certificado profesional (grado C) de Tanatopraxia, establecido en el anexo único del Real Decreto 1535/2011, de 31 de octubre, podrán aplicar el tratamiento biocida TP 22.

Por ello, muchas empresas del sector están aprovechando este contexto regulatorio para actualizar o ampliar la formación de sus equipos técnicos.

Prepararse para el nuevo marco regulatorio

La publicación del proyecto en EUR-Lex/TRIS es un paso previo a la aprobación definitiva del nuevo Real Decreto.

Mientras se completa la tramitación, es un buen momento para que las empresas revisen:

  • La capacitación de su personal aplicador.
  • La vigencia de sus certificados.
  • La formación específica para tratamientos especiales.

En definitiva, el nuevo marco normativo confirma una tendencia clara: la profesionalización y la formación seguirán siendo elementos centrales en el sector de los biocidas.

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