RODENTICIDAS ANTICOAGULANTES HASTA 2024

En 2016 se modificó la clasificación para los rodenticidas anticoagulantes Warfarina, clorofacinona, coumatetralil, difenacum, bromadiolona, brodifacum, difetialona y flocumafeno, pasando a considerarse como tóxicos para la reproducción. En consecuencia, según los criterios seguidos en la legislación europea se convierten automáticamente en sustancias a sustituir.

No obstante, de momento la Agencia Europea para las Sustancias Químicas (ECHA) no ha conseguido identificar alternativas viables para estos rodenticidas anticoagulantes.

Lógicamente, no se puede dejar sin herramientas a las empresas de control de plagas para luchar contra los roedores. La consecuencia ha sido una prórroga en la utilización de estas sustancias activas hasta junio 2024. Dos motivos han provocado esta prórroga:

  1. Las dudas sobre la suficiente eficiencia de los métodos de control no químicos como trampas mecánicas, eléctricas o adhesivas.
  2. Las dudas sobre las sustancias activas alternativas aprobadas para ser utilizadas como rodenticidas. Pueden no ser adecuadas para todas las categorías de usuarios ni eficientes para todas las especies de roedores.

Eliminar estos productos del mercado, antes de tener alternativas de eficiencia garantizada, podría provocar una serie de consecuencias negativas para la salud humana, animal e incluso para el medio ambiente. Por otra parte, un crecimiento descontrolado de los roedores podría afectar negativamente múltiples actividades económicas, causando importantes trastornos económicos y sociales.

La decisión temporal adoptada, supone un riesgo mínimo para la salud humana y animal, incluso para el medio ambiente, siempre que en el uso de estos rodenticidas se extremen las precauciones de uso.

Finalmente, con fecha 25 de julio de 2017 se aprobaron ocho Reglamentos de Ejecución en los que se renuevan las aprobaciones de las ocho sustancias activas para su uso en rodenticidas (TP14). Son los Reglamentos 1376 a 1383 de 2017 mediante los cuales prorroga el uso de los productos comerciales que contentan estas sustancias activas hasta junio de 2024.

En la aplicación de estos biocidas de uso profesional se imponen una serie de condiciones:

  • Sólo para biocidas para uso por personal cualificado podrá autorizarse su uso en alcantarillado, espacios abiertos o vertederos.
  • Con algunas restricciones sólo personal cualificado podrá emplear estos productos en puntos de cebo cubiertos y protegidos.
  • Las personas que comercialicen y distribuyan estos productos para personal cualificado garantizarán que dichos productos no se suministren a personas que no sean profesionales especializados.