formación en prevención y seguridad minera

1.610.000€ EN AYUDAS A LA FORMACIÓN EN PREVENCIÓN Y SEGURIDAD MINERA

El 5 de noviembre se publica la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas en 2020 destinadas a la prevención de riesgos y seguridad minera de las actividades mineras no energéticas, estas ayudas han sido aprobadas por la Orden IET/2271/2015, de 28 de octubre.

Están incluidos en este paquete los proyectos realizados en territorio español, en el ámbito de la minería no energética, dirigidos a dos áreas:

  1. Inversiones materiales en seguridad en explotaciones y establecimientos de beneficio.
  2. Actuaciones de formación.

Podrán acogerse a estas ayudas quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • Empresas privadas, agrupaciones de dichas empresas y las instituciones sin ánimo de lucro.
  • Las empresas y/o agrupaciones deben ser titulares del aprovechamiento del dominio minero objeto del proyecto.
  • En caso de instituciones sin ánimo de lucro no es requisito ser titular del dominio minero.
  • Las entidades incluidas son:

Asociaciones empresariales que representen mayoritariamente a empresas del sector minero.

Organizaciones sindicales cuya representación mayoritaria a nivel nacional se encuentre en el sector de la minería.

Cámaras oficiales mineras.

Colegios profesionales de los Ingenieros de Minas, Ingenieros Técnicos de Minas y Geólogos.

Asociaciones nacionales de fabricantes de explosivos y asociaciones de empresas de voladuras.

Centros tecnológicos de ámbito nacional cuya actividad principal sea desarrollada en el sector de la minería.

En los proyectos que incluyan acciones de formación, de empresas o agrupaciones de empresas, podrán incluirse tanto el personal propio como las subcontratas que trabajen para la empresa o agrupación de empresas.

Un dato importante a tener en cuenta en la concesión de la ayudas, lo constituye la posibilidad de subcontratar las actividades subvencionadas hasta el 100% de la inversión subvencionable aprobada para el caso de proyectos de formación. Pudiéndose vincular estas ayudas a las horas lectivas aprobadas y a la realización de cursos completos de los presentados en el proyecto.

El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente al de publicación en el BOE, es decir, el plazo expira el próximo 6 de diciembre. Para proyectos de formación deberá incluirse memoria del proyecto ajustándose al modelo incluido en el anexo III de la convocatoria, adjuntando además el resto de documentación solicitada. Podrá utilizarse el modelo de memoria de proyecto publicado en el portal de ayudas que se encuentra alojado en la sede electrónica del Ministerio para la Transición ecológica (https://sede.minetur.gob.es).

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