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REFORMA DEL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO

La ministra de Empleo y Seguridad Social ha informado el pasado 05/09/14 al Consejo de Ministros sobre la reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo, basándose en el actual contexto de recuperación económica resulta fundamental dotar al tejido productivo de un sistema de formación profesional que constituya una verdadera herramienta de competitividad para las empresas y de mejora de las oportunidades de los trabajadores de acceso, mantenimiento y retorno al empleo.

Mediante el Acuerdo de propuestas para la negociación tripartita para fortalecer el crecimiento económico y el empleo, firmado el pasado 29 de julio, el Gobierno y los interlocutores sociales expresaron su voluntad de transformar el sistema de formación profesional para el empleo sobre la base del diálogo social.

El Acuerdo ha puesto de manifiesto el compromiso con la culminación de la reforma iniciada de manera que un nuevo modelo de formación profesional para el empleo esté operativo a partir del 1 de enero de 2015.

Objetivos estratégicos de la reforma

  1. Garantía del ejercicio del derecho a la formación de las personas  trabajadoras, empleadas y desempleadas, en particular, de las más vulnerables.
  2. Contribución efectiva de la formación a la competitividad de las empresas.
  3. Eficiencia y transparencia en la gestión de los recursos públicos.

Los elementos claves del nuevo sistema de formación profesional serán:

  1. Diseño de un modelo de formación profesional para el empleo de aplicación a toda las Administraciones.
  2. Elaboración, en colaboración con los interlocutores sociales, de un escenario de planificación plurianual adecuado a las necesidades de las empresas.
  3. Definición de un nuevo papel para los distintos agentes y órganos concernidos en la gobernanza del sistema.
  4. Libre concurrencia entre entidades de formación. Con el nuevo modelo el 100% de las subvenciones para la formación profesional para el empleo se someterán a libre concurrencia competitiva.
  5. Implantación de la cuentaformación que acompañará al trabajador a lo largo de su carrera profesional
  6. Introducción de la posibilidad de instrumentar un cheque-formación para personas desempleadas con el objetivo de proporcionarles la formación que necesitan para mejorar su empleabilidad.
  7. Junto con el cheque-formación, la tele-formación permitirá, entre otras cuestiones, superar las limitaciones de un calendario formativo condicionado por la tramitación administrativa.
  8. Desarrollo de un sistema integrado de información que garantice la trazabilidad de las acciones y la actualización permanente de toda la información sobre la formación profesional para el empleo.
  9. Impulso al Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, y refuerzo de la coordinación entre las distintas Administraciones públicas competentes
  10. Evaluación permanente de la calidad y el impacto real de la formación en términos de mejora en el desempeño en el puesto de trabajo o de inserción y mantenimiento del empleo a través de, entre otras medidas, la exigencia de la realización de auditorias de control.
  11. Garantía del principio de tolerancia cero con el fraude. Creación, dentro de la Inspección de Trabajo, de una unidad especializada en el seguimiento y control de las actividades de formación con capacidad efectiva de sanción por irregularidades relacionadas con la formación, así como el establecimiento de un buzón de denuncias de malas prácticas e incumplimientos en el ámbito de la formación para el empleo.
  12. Aprobación de un régimen sancionador que incluya, entre otras cuestiones, la imposibilidad para los beneficiarios de planes de formación de volver a trabajar para la Administración pública en el ámbito de la formación durante, al menos, cinco años cuando hayan incumplido la legalidad.